
Actualmente existen dos tipos principales de divorcio:
Divorcio por mutuo consentimiento.
Divorcio incausado (sin necesidad de expresar una causa).
No.
En el divorcio incausado basta con que uno de los cónyuges manifieste su voluntad de divorciarse. La otra persona no puede impedir legalmente el divorcio.
Depende de las circunstancias del caso.
Un divorcio sencillo puede concluir aproximadamente entre uno y tres meses, mientras que aquellos donde existen hijos, bienes o conflictos pueden requerir más tiempo.
Generalmente se requieren:
Acta de matrimonio.
Actas de nacimiento de los hijos.
Identificación oficial.
CURP.
Documentación de bienes, si existen.
Durante la consulta revisaremos tu caso para indicarte exactamente qué documentos necesitas.
Depende del régimen matrimonial.
Si existe sociedad conyugal, los bienes deberán liquidarse conforme a la ley o mediante convenio.
Si el matrimonio fue por separación de bienes, cada cónyuge conserva sus bienes, aunque en algunos casos puede existir derecho a una compensación económica.
La preferencia siempre la tendrá la madre, sin embargo, el juez siempre decidirá atendiendo al interés superior de los menores, considerando cuál es la mejor opción para su bienestar.
En muchos procedimientos no será necesaria tu comparecencia de manera perosnal en el juzgado ya que la mayoría de las audiencias son en linea, tanto en este caso como en los que si sea necesario que acudas personalmente nosotros te acompañaremos y prepararemos previamente para que conozcas cada paso.
El costo depende de diversos factores, como:
Si existe acuerdo entre las partes.
Si hay hijos menores.
Si existen bienes.
La complejidad del asunto.
Agenda una consulta y con gusto te proporcionaremos un presupuesto claro y sin compromiso.
Sí.
Salvo que exista una causa legal que lo impida, ambos padres tienen derecho a convivir con sus hijos. El régimen de convivencias puede establecerse de común acuerdo o mediante resolución judicial.
No. Ningún padre o madre puede impedir injustificadamente la convivencia con los hijos cuando existe ese derecho. Si esto ocurre, es posible acudir ante un juez para hacer valer las convivencias.
La opinión de los menores puede ser tomada en cuenta por el juez conforme a su edad y grado de madurez, pero la decisión siempre se basa en su interés superior, no únicamente en su voluntad.En Badillo Asociados representamos tanto a quienes buscan hacer efectivo el pago de una pensión alimenticia como a quienes requieren una defensa jurídica adecuada ante reclamaciones relacionadas con esta obligación, siempre procurando proteger sus derechos dentro del marco legal.
Sí. Cuando cambian las circunstancias de la familia o existen razones que lo justifiquen, es posible solicitar judicialmente la modificación de la guarda y custodia o del régimen de convivencias.
En Badillo Asociados contamos con la experiencia para asesorarte y representarte en procedimientos de modificación de pensión alimenticia, buscando siempre la solución que mejor proteja tus derechos e intereses.
Sí.
Cuando la ley lo permite, es posible solicitar medidas relacionadas con alimentos, guarda y custodia, convivencia y otras cuestiones familiares mientras se desarrolla el procedimiento.
No existe una cantidad fija establecida por la ley. El monto de la pensión alimenticia se determina considerando las necesidades de quien tiene derecho a recibirla y la capacidad económica de quien tiene la obligación de proporcionarla.
El juez analiza diversos factores, como los ingresos, bienes, nivel de vida, gastos indispensables, número de dependientes económicos y las circunstancias particulares de cada familia, con el propósito de fijar una pensión justa y proporcional.
En Badillo Asociados te asesoramos para proteger tus derechos, ya sea que busques obtener una pensión alimenticia adecuada o que necesites una defensa legal frente a una reclamación que consideres excesiva o injustificada.
El incumplimiento en el pago de la pensión alimenticia puede dar lugar a diversas acciones legales para exigir su cumplimiento. Dependiendo de las circunstancias del caso, es posible solicitar el embargo de bienes, el descuento directo del salario, el pago de pensiones vencidas e incluso promover las acciones civiles o penales que correspondan conforme a la legislación aplicable.
En Badillo Asociados representamos tanto a quienes buscan hacer efectivo el pago de una pensión alimenticia como a quienes requieren una defensa jurídica adecuada ante reclamaciones relacionadas con esta obligación, siempre procurando proteger sus derechos dentro del marco legal.
Sí. La pensión alimenticia no es definitiva. Cuando cambian de manera importante las circunstancias económicas o personales de quien paga o de quien la recibe, es posible solicitar ante el juez un aumento, una disminución o, en los casos previstos por la ley, la terminación de la obligación alimentaria.
Para ello es necesario demostrar que existió un cambio sustancial respecto de las condiciones que dieron origen a la pensión. Cada caso debe analizarse de forma particular y sustentarse con las pruebas correspondientes.
En Badillo Asociados contamos con la experiencia para asesorarte y representarte en procedimientos de modificación de pensión alimenticia, buscando siempre la solución que mejor proteja tus derechos e intereses.
SI TIENES ALGUNA OTRA DUDA, ENVIANOS UN MENSAJE PARA CONCRETAR UNA CITA Y PODER BRINDARTE LA ASESORIA ADECUADA A TU CASO EN PARTICULAR
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